AÑO 1483
"..Que dio de vestir a don Diego, fijo del conde de Camiña, paje del principe en Bitoria ropas que costaron 3.362 mrs e medio.." [[4]]
AÑO 1487
AÑO 1488
AÑO 1483
"..Que dio de vestir a don Diego, fijo del conde de Camiña, paje del principe en Bitoria ropas que costaron 3.362 mrs e medio.." [[4]]
AÑO 1487
AÑO 1488
15 Septiembre de 1504, Medina del Campo
NOS el Rey, y la Reyna, pacenos saber a vos los nuestros Contadores mayores, que nos acatando quanta obligacion tenemos al servicio de Dios nuestro Señor, por los muchos y continuos beneficios que de su piadosa y poderosa mano avernos recebido, y de cada dia recebimos en todos los nuestros fechos, especialmente en la conquista del Reyno de Granada, en que por su soberana bondad, y misericordia nos quiso dar complida victoria: procuramos, y fecimos, que en el dicho Reyno de Granada fuessen eregidas, e instituydas, fundadas, y dotadas Iglesias Cathedrales, e otras Iglesias, y Monasterios, y Hospitales, señaladamente en la misma ciudad. .....
....La huerta de gidida, en que ay noventa marjales, poco mas o menos con una casa. Un fadin, que es bajo de gidida que alinda con tierras de la Condesa de Camina,
1482, abril, 15, Viana
D. João II escreve a João Fernandes da Silveira, que se encontrava em Castela, sobre os negócios com os Reis Católicos relativos ao conde de Caminha e à posse da fortaleza de Fornelos e da cidade de Tui.
Carta d’el Rey Dom Joam segumdo ao barão que fale a el Rey de Castela sobre ho comde de Caminha
Barão amiguo Nos el Rey vos emviamos muito saudar. Fazemos vos saber que depois de vosa partida destes reinos aalem das outras cousas que ao comde de Caminha foram e sam feitas em quebramtamento do capitulado lhe tomarão ora a sua fortaleza de Fornelos e mais lhe fizeram hum requerimemto que do dia que lhe foy feito a vimte dias prymeiros seguimtes fosse receber a sua cidade de Tuy que ora tem em terceria Dom Fernamdo da Cunha por mamdado dos reis, a qual cousa bem parece ser feita cautelosamemte e a fim de ao dito comde fazer algum mal em sua pesoa segumdo hee avisado pera perder a dita cidade porque sabem que elle não estaa em desposyção pera a poder receber nem ter porque esta aportilhada em tal maneira que elle a não poderaa guardar e que lha tomaram logo como quisessem.
9 julio de 1478 , frontera de Portugal
Testimonio de cómo Rodrigo Allonso Pimentel , [I] conde de Benavente, quería liberar a su hijo Luis Pimentel, preso en Portugal, a cambio de Pedro Álvarez de Sotomayor, [I conde de Camiña],prisionero de dicho conde.
Un testimonio que Diego Gonzalo escribano de su Magestad e notario público en la su Corte en todos sus Regnos e Señorios, dio apendimiento de Diego,hizo, de Martin de Sossa Alcayde dela fortaleza de la villa de Venavente, estando en el primer lugar dela raya del Reyno de Portugal;decomo se hallava y quedaba dentro del dicho Reyno,Don Pedro Alvarez de Sotomayor, Conde de Camiña
15 junio de 1482 . Santiago de Compostela
Escritura de trueque y cambio entre Don Pedro Álvarez de Sotomayor, Conde de Camiña de una parte y don Fernandez Bermudez de Castro, Señor de Montaos de la otra, en que el primero dio la Casa y Fortaleza de Fornelos, con todo lo perteneciente á ella , y el dicho Don Fernando dió al referido Conde de Camiña, la Casa y Fortaleza de Peñaflor, con lo en ella Anexo, la qual pasó ante Jacome Gonzalez en la Ciudad de Santiago á 15 de junio de 1482.
In Dey nomine amen: Sabean quantos esta carta de concavación vieren, como eu Dn Pedro Alvarez de Soutomayor, Conde de Camiña, de miña propia,libre é espontanea bountade, por mi é por meus herederos, é sucesores asi propincos, como estraños, en á mellor forma, vía, é manera que de dereito poso, é debo, non constrengido por forza, nin detenido por engaño, desde este dia en diante para todo tiempo de siempre, dou en cambio por juro de heredad in perpetum á vos el Sr Dn fernando Vermudes de Castro, Señor de Montaos, é Arcediano de Nendos en a Santa Iglesia de Santiago, para vos é vosos herederos, in perpetum á miña casa e fortalesa de Fornelos con todas suas terras, vasalos , coutos, fregresias, encomendas, foros é feudos, é Pradoazgos de Iglesias, é Señorio, segun todo teño, é poseo é ami me pertenece en qualquier manera, é por qualquier rasón a dita casa , é fortaleza, é Señorio dela pertenescentes, é segun todo ami pertenesce por parte, ,é heranza de meus padre, hirmaos, é tia Dª Mayor de Soutomayor,
25 julio 1473 , Segovia
Real Privilegio de Enrique I V concediendo el título de Vizconde de Tuy a D. Pedro Alvarez de Sotomayor. Año 1473.
Don Henrique por la gracia de diós Rey de castilla de león de toledo de galicia de Sevilla de cordova de murcia de jaén del algarbe de algeciras y de gibraltar y señor de Vizcaya y de molina=
Por fazer vien e merced a vos Pedro Alvarez de Sottomayor mi vasallo por los muchos y buenos y leales y señalados servicios que aquellos donde vos venides fizíeron a los Reyes de gloriosa memoria v(ues)tros progenitores y ellos y vos a mí havedes fecho y fazedes de cada día los que son ciertos y públicos y notorios y por tales los he y declaro y en alguna.... y remuneración dellos por la presente os fago merced graziosa..... pura propia y non reuocable para siempre jamás de la mí ciudad de tuid que es en el mi Reino de galizia con su tierra y ttermino y con los vasallos y vezinos y moradores de la dha ciudad y su tierra y con todas las rentas y ..... y derechos y penas y calupnias y con todas las ottras cosas pertenecientes.....
24 octubre 1476 , Pontevedra
Concordia de tregua entre Don Frey Arias de Rio, Corregidor del Reino de Galicia, y el Conde de Camina D . Pedro Alvarez de Sotomayor. Año 1476.
En veinte e quatro dias del mes de otubre año del Señor de mili e quatro cientos e satenta e seis años el Señor Mariscal Don Frey Arias de Rio, Corregidor en el Reyno de Galicia por el Rey e Reyna nuestros señores, en nombre de los dichos Rey e Reyna nuestros señores, e por si, e del muy Reberendo Señor Don Alfonso de Fonseca, Arzobispo de Santiago e de los Magníficos Señores Don Sancho de Ulloa Conde de Monterrey, Don Lope de Moscoso Conde de Altamira, e de los Señores Diego de Andrade, e Suero Gómez de Sotomayor, e Juan de Sotomayor su fijo mayor e del Reberendo Señor Don Diego de Muros Obispo de Tuy, asento tregua como ombre fijodalgo con el magnífico Señor Don Pedro de Sotomayor Conde de Camiña en la manera que se sigue:
Cuentas de Gonzalo de Baeza : Relación de las damas, dueñas y criadas que sirvieron a la Reina Isabel y sus raciones y quitaciones (1497-1504):
...Doña Teresa de Távora, Condesa de Camiña : (Quitacion)
Año 1502 40.000 maravedis
Año 1503 40.000 maravedis
Año 1504 40.000 maravedis
Además de sus salarios y quitaciones, las damas, y otros oficiales de la Casa de la reina, tenían asignados algunos maravedíes “de los que se dan en dineros y en raciones en la despensa sin el plato de la Reina”(1503). En este caso la Condesa de Camiña recibía 32.850 mrs.
Cuaderno en el que se recogen los diversos objetos que el Cardenal Mendoza compró para regalos y para uso personal
...Nos el cardenal de Espanna, etcétera mandamos que sean resçibidas e pasadas en cuenta a vos, Bartolomé de Medina, nuestro camarero, las joyas, oro, plata e piedras e perlas e otras qualesquier cosa que adelante serán contenidas, que vos distes e gastastes e engastastes de las cosas de nuestra cámara que son a vuestro cargo en la manera siguiente:
....Yten la esmeralda grande que mandamos comprar en Valençia, en Córdova lo mandamos dar a donna Theresa*(1)..
....Yten que distes más en Bitoria a la condesa de Camina vn manto morado escuro abierto con botones, que mandamos faser en Madrid.*(2)
20 agosto 1486 , Palacios de Valduerna
Mandamiento a D. Alvaro de Sotomayor para que paguen a Juan y a Merino del Aguila, vecinos de Nápoles, la pena en que fué condenado D. Pedro Alvarez de Sotomayor, conde de Camiña, su padre, por haberles tomado una nao con mercancías, junto a Pontevedra.
1480 29 Abril , Toledo
Comisión al arcediano D. Antón de Paz que apremie al conde de Camiña a que dé libertad a García Sarmiento y a Fernando de Camba, poniéndose cerco a la fortaleza Sobroso, donde les tiene prisioneros, si se negase a ello.-Reyes.
11 abril 1468 , Pontevedra
Escritura de obligación que el Concejo de Pontevedra otorgó a favor de Pedro Alvarez de Sotomayor de 100.000 maravedís de juro que por privilegio del Rey Don Enrique tenia sobre las alcábalas, diezmos y alfolies de dicho Concejo, otorgada en el atrio de la iglesia de San Bartholomé, de la dicha villa, ante Juan Gonzalez Notario público a 11 de abril de 1468
Sabean cuanto esta carta vieren , como nos o Concello Gomez de Santiago, teniente logar de Juez por Tristan de Montenegro, jurados regidores, Alcaldes, Procurador y homes bóos ena nobre Villa de Pontevedra, que presentes estamos, por nos, e en nome de alguos vecinos que son absentes porlos quaes nos obligamos estando juntos en noso Concello per son de campáa conoscemos, é outorgamos, que por quanto avemos feyto ose este dia o escrivano, y testigos infra escritos un contracto de obligazon ao señor Pero Alvarez de Soutomayor cerca dos cen mil maravedis que de jun le nostro Señor el Rey Don Enrique mandou sentar en nas rentas das alcavalas, é dezemos, é alfolis de este dito Concello, e Villa de Pontevedra,
é por quanto nos ao de presente fasta qui non aceutamos, nem abiamos aceutado, nem entendiamos aceutar o dito previlejo, salvo por libramento , ou libramentos, seendo librados por lo dito señor Rey, e seus Contadores, ou quien poder para elo tebese ao dito Pero Alvarez
20 julio 1485
Testamento del Mariscal de Castilla D Suero Gómez de Sotomayor y Mendoza, señor de Lantaño.—
Enno nome de Deus amen. Sepan todos como eu o mariscal Suero Gomes Vasallo dos Reies nosos señores que presente estou jazendo doente da quela Dolencia é enfermedad, que Deus tobo por Ven de me dar, E teniendo me da morte natural porque najo de passar énó dia del grande Juicio A que he de estar pero con todo meu siso é entendimiento natural ó qual Deus tubo por vien de me dar fago mea manda é testamento é mea postrimera voluntad...
.....pido e suplico a os señores condes de Altamira e el Sr. D.n Pero Aluares sotomaior Conde de Camina que por lo grande deudo e amistad
19 Mayo 1511
escritura de censo reservativo
Catalina Valdés, da censo a Rodrigo de Vargas, trabajador, vecino de Granada en la colación de Santa Escolástica cabe Santa Cruz, una cas y un corral situada en el Realejo, lindando con mesón de los herederos de la Condesa de Camiña y con un solar de los frayles de Santa Cruz.
24 abril 1479, Benavente.
Don Lope Sánchez de Moscoso, conde de Altamira y el mariscal Suero Gómez de Sotomayor se comprometen con el conde de Benavente a llevar y volver encarcelado en el plazo de noventa días al conde de Camiña a la fortaleza de Benavente, donde estaba preso, hasta que hiciese soltar a don Luis de Pimentel,hijo del conde de Benavente. de la prisión en que lo tenía el rey de Portugal.
Conosçuda cosa sea a todos los que la presente escretura vieren como yo, don Lope Sanches de Moscoso, conde de Altamira, e yo, el mariscal Suero Gomes de Sotomayor desimos que por quanto el muy magnífico señor don Rodrigo Alfonso Pimentel, conde de Benavente, ovistes fiado de nosotros al señor Perálvares de Sotomayor, conde de Camiña, y lo tomamos de vuestra señoría encarcelado para que dentro de noventa días él fisiese ·soltar a don Luys, vuestro fijo, de la prisyón en que el señor rey de Portugal lo tyene o dentro del dicho término se tornase o lo tornásemos preso a la casa e fortalesa de la dicha vuestra villa de Benavente en poder del alcayde della; e non cumpliendo el dicho conde de Camiña aquesto,
13 octubre 1470, Mucientes.
Confederación entre don Pedro Álvarez Osorio conde de Lemos, Don Juan de Stuñiga , Conde de Monterrey, Sancho de Ulloa, Pedro Álvarez de Sotomayor, Lope Sanchez de Ulloa y Moscoso, Diego de Andrade ,Suero Gomez de Sotomayor y Diego de Lemos, contra el Arzobispo de Santiago ,la marquesa de Astorga y la hermandad que éstos han levantado.
Ihesús. Por quanto el arcobispo de Santiago, aconpañado de mucha soberbia y cod1çia a se senorea las çibdades, villas y lugares del rey, nuestro señor,e asy los bienes e faziendas de los cavalleros e fidalgos deste regno de que en su ygles1a e dignidad le restituyeron, de la qual estava despojado por la hermandad de los pueblos, e ahá començado novamente levantarlos en hermandad para destroyr e hocupar las casas e fasyendas de los sobredichos cavalleros fidalgos, para lo qual se ha alyado e confederado con la marquesa de Astorga, en nonbre del marqués, su fijo, e con otros cavalleros.
E aviendo memoria de los grandes dapnos e males que por aquella hermandad, segund es notorio en estos regnos de Castilla e Gallisia, los sobredichos ovieron rescebido, para lo qual resestir e \de/ aquélla nos anparar e defender e asy del sobredicho arçobispo e marquesa e hermandad las cosas por nosotros poseydas por qualquier caso o rasón que las tengamos y por bien e concordia de nuestras vidas, estados y faziendas, acordamos de nos aliar e confederar e nos aliamos e confederamos para lo sobredicho, yo don Pedro Osorio, conde de Lemos, e yo, don Iohán d'Estúñiga, visconde de Monterrey, e Sancho de Ulloa, e Pero Álvares de Sotomayor,
En un documento del año 1505 de Cristóbal Colon dirigido al Rey Fernando el Católico, donde pedía que se le confirmase y aumentase sus privilegios , comienza de la siguiente manera:
"Muy alto rey: Dios nuestro señor / milagrosamente me emvio aca porque yo sirviese a vuestra / alteza. dixe milagrosamente porque fui a portar a / portugal adonde el rey de alli entendia el des / cubrir mas que otro ; el atajo la vista, oydo y todos los sentidos que en catorze años no le pude hacer / entender lo que yo dixe"
He aquí un documento del año 1524 de Diego Colón, hijo de Cristóbal Colón, donde se muestra un dato relevante donde veremos relacionado a Diego de Sotomayor con él en un asunto privado.
Pero antes, vamos a explicar temas anteriores al que nos ocupa.
Cristóbal Colón, como sabemos desde el año 1486 entró al servicio de los Reyes Católicos y así estuvo durante siete años en su Real Corte. Tras varios intentos pudo al final convencer a los Reyes sobre el proyecto de la empresa de ir a las Indias, que se realizaría cruzando el Mar Atlántico ,es decir, lo que pretendía era ir en sentido contrario al del recorrido por las costas del continente africano ya que conllevaba mucho tiempo , muchos gastos y problemas ,tal como así llevaban realizando los portugueses..etc
Por fin hizo su sueño realidad ,cuando partiendo en verano del año 1492 acabó como bien sabemos, descubriendo Las Indias, el 12 de octubre de 1492.
Tras este importante hallazgo, los Reyes le confirmaron las mercedes que él previamente antes de salir había acordado con ellos, entre las cuales no solo le ennoblecieron con "Don", sino también como Almirante de la mar, visorrey de las tierras descubiertas .Y cómo no, el tema de obtener una parte de las ganancias, etc..
El escritor Antonino Cerviño, sacerdote y escritor (1853-1928), en su trabajo "Pedro Madruga y D. Diego de Muros",nos muestra su opinion sobre Pedro Madruga ,que segun un documento, aun seguia vivo en 1492,y no en 1486, segun como relataba Vasco de Aponte el cual no pudo dejar con claridad de qué pudo morir.
Así nos relataba Cerviño:
".. Así consta en el testamento que don Diego otorgó en ciudad Rodrigo—para cuya silla había sido preconizado en Roma,a petición de los Reyes Católicos, en 1ª De junio de 1487—en 8 de diciembre de 1492.
En una de las cláusulas de dicho testamento consigna: "Iten mandamos a la iglesia de '1'uy cien mil maravidis e que le sean pagados de los setecientos mil maravidis que NOS DEBE E HA DE DAR EL CONDE DE CAMIÑA, e mandamos que no sea entregada la fortaleza de Fornelos hasta que le sean entregados los cien mil maravidis."
De esta cláusula se desprenden varias conclusiones: 1ª que EL CONDE DE CAMIÑA VIVIA AUN EN LA FECHA DE ESTE OTORGAMIENTO, contra el aserto de Aponte, que fija su muerte de 1486..
8 mayo 1482 , Tuy
"Sepan quantos este público ynstrumento vieren como en el monasterio de Santo Domingo, de la Orden de los predicadores, que es fuera y cerca de la cibdad de Tuy, a ocho dias del mes de mayo, año del nacimiento de nuestro Salvador jhu Xpo, de mill e quatrocentos e ochenta e dos años... el magnifico señor don Pedro Alvarez de Sotomayor conde de Camiña
Confirmación del año 1474
De que dió fee y por ante Gómez de Mata, maestro escuela de Cuenca, secretario del Rey nuestro Señor, notario por las autoridades apostólicas e ymperial don frey Juan de Balenzuela de la Santa Cruz del Hospital de San Juan de Jerusalén, umilde prior en los reynos de Castilla y León, del Consejo del Rey nuestro señor con los más hermanos, comendadores, cavalleros y priores:
Por quanto por el antecesor don Lopez Sanchez de Somoza fue otorgado cierto censo y foro de los cotos de Cambados y Nogueira, que son en la Encomienda y bailya de Torono y Rivadavia de la dicha nuestra Orden en el reino de Galizia, al noble Caballero Alvaro Paiz de Sotomaior y a su casa y sus subcesores, que fue hecho en la villa de Castroniño en el capitulo provincial que se celebró, el qual ante nos en dicho capitulo presentó por parte del noble cavallero Don Pedro Álvarez de Sotomaior, vizconde de Tuy,hijo del Conde Fernando Yañez de Sotomaior,visniesto del
28 Marzo 1480 , Beja (Portugal)
Carta do Principe D. Joao a D. Isabel , Rainha de Castela , Leao e Aragao ,sobre a libertaçao de alguns presos
Aa muy alta e muy excelente princesa Sechora dona Isabel , per gracça de Deus Rainha de castella de lyom e d aragom.
Muy alta e exçellemte prinçesa Senhora Nos dom Ioham per gracça de deus primçepe primogenito herdeiro dos Regnos de portugal e dos algarues d aaquem e d aalem mar em africa nos encomendamos em vosa merçee., vimos a carta que vossa senhoria nos escreueo sobre certos prisoneiros que o CONDE DE CAMINHA em seu poder tem os quaees prendeo no tempo da guerra Rogando nos que os fezessemos soltar segundo que per bem do trato das pazes somos obrigado.,
E porquanto o dicto COMDE HE VOSO VASSALLO E NATURAL E TODAS SUAS TERRAS E RENDAS TEM EM VOSOS REGNOS E ESTA EM VOSSA OBEDIENÇIA E SERVIÇO
22 de Enero 1479 Guadalupe
Real Carta de los Reyes Católicos expedida á favor de la Iglesia de Santiago.
Don femando et dona ysabel por la gracia de Dios Rey et Reyna de Castilla de león de secilia, de toledo de portogal de galicia de seuilla de cordoua de murcia de jaén de los algarbes de algesira de gibraltar, príncipes de aragon y señores de Viscaya y de molina.
Por quanto por parte de uos el muy Rdo. yn Xpisto don alfonso de fonseca arzobispo de Santiago et del deán et cabildo de la nuestra yglesia de Santiago nos es fecha Relación diziendo que la dicha yglesia tiene preuilegios de los Reyes de gloriosa memoria nuestros progenitores confirmados de nos para que ninguna ni algunas personas de qualquier estado et condición que sean no puedan auer ni tener ni ganar en tierra de la dicha yglesia cosa alguna por donde la jurisdicion et poder suyo et sus Rentas se puedan deminuir o menoscabar segund mas largamente en los dichos preuilegios se contiene, et quel señor Rey don enrrique nuestro hermano que santa gloria aya no seyendo ynformado de los dichos preuilegios ouo fecho et fizo merced de ciento et cinquenta mili mrs. de juro de heredad a pedro aluarez de sotomayor et a dona taresa de tauora su muger
Mayordomadgo del Padron y Quinta y Cordero
¿JUNIO? 1480
Requerimiento hecho , en nombre del rey de Portugal , por el licenciado Fernando Figueredo acerca del incumplimiento de los capítulos de paz concertados referentes a castellanos al servicio de Portugal.
Muy altos et muy poderosos et muy excelentes senhores. Esto hee ho que el rey de Portugal meu senhor, me mandou requerer a vossas altrzas per virtude das creeças , que vos dada tenho.
Primeiramente.....
Item senhores , falando no Conde de Caminha , dit ho dito rey , meu senhor , que Vossas Altezas ho devem mandar restituir a Bayona e toda las outras cousas ,que possuya a o tempo que se juntou con ou dito rey ,meu senhor, segundo se contem no capytolo geeral que de tays restituyçoees fala , ao que non faz embargo algúas deferenças et dissensoeés , em que o dito conde anda con algús seus contrairos por carrego de sua honrra; no qual Vossas Altezas devem detender e proveer per vya de justicia et de temperança, que se antre tays pessoas deve teer em semelhantes casos, epor esto nom se deve retardar a dita restituyçam
Noviembre-diciembre 1504 Valladolid a Granada
"...El cortejo fúnebre, que partió de la Villa vallisoletana el 27 de noviembre de 1504 y no llegaría a Granada hasta el 18 de diciembre, estaba dirigido por Pedro de Ribera y el maestro Pedro Ruiz de la Mota, encargándose de su seguridad el aguacil Pedro Patiño, el alcalde Gallego, los alguaciles Morales, Villanueva, Ramírez y Bravo y la CONDESA DE CAMIÑA, ÚNICA DAMA NOBLE DE TODO EL CORTEJO,
He aquí una parte de una transcripción de un documento realizada por Ramón Sánchez Gómez , historiador de la Facultad de Geografía e Historia de la Universidad de Salamanca.
En ese documento se detalla unos pagos a abonar por parte del Duque de Alba , por los gastos de mantenimientos en comida , bebida , animales, etc. , que se realizaron durante un trayecto , por tierras de Castilla desde Alba de Tormes hasta Córdoba ,donde iba la Duquesa de Alba junto con la Condesa de Camiña ,Teresa de Távora y el séquito que las acompañaban.
He omitido los datos de los gastos generalizados , que aunque involucren a todos, pero para no extendernos, solamente señalaremos la parte mencionada directamente referida a la Condesa de Camiña o personas que formaban parte de su propio séquito.
28 de mayo de 1486 ( CÓRDOBA )
Cuenta de García de Baeça del gasto que se fiso en Córdova con la señora doña María en el mes de mayo e junio del año de LXXXVI.
(Cruz)
Viernes, çinco días del mes de mayo de ochenta y seys partió la sennora donna María de Alva para Córdova. Las personas que yvan con su merçed que se les dava rraçión son los syguientes:
A onçe personas de la SEÑORA CONDESA DE CAMIÑA (y a la CONDESA, y doña Isabel y don Alfonso)
Velástegui, y un onbre y dos moços.
Vernal, y Mercado, y Pena, Villenica, Sanmartín, Alonso de Arévalo, onbres de pie; Errera, Françisco, moços de espuelas; Alonso de Çamora, despensero;Martí[n],Coçinero; Pedro, açemilero; Juan de Xerez; Alonso del Varco.
MINUTA DE CARTA DE FERNANDO DE ZAFRA A LOS REYES CATOLICOS, FECHA EN GRANADA A 28 DE AGOSTO ( 1493 )
Muy altos é muy poderosos Príncipes Rey é Reina nuestros señores.
Con un hijo de la CONDESA DE CAMINA escribí á vuestras Altezas largamente habrá diez dias, y algo que despues subcedió, así de lo que la armada de Vizcaya hizo desde Cádiz, como lo que habia sobre la cuenta y aprescio destas Alpujarras del Rey Muley Babdilí. Porque el arzobispo tomó cargo de lo escribir á vuestras Altezas , no lo escribí: y lo que despues hay es esto.
9 diciembre 1500 ( Granada )
Los bienes que parescen por vn ymbentario fecho por doña Ysabel Rebollo, muger que fue del licenciado Andrés Calderón, en la çibdad de Granada, miércoles, nuebe días del mes de diciembre de mili e quinientos años, ante el licenciado Gonzalo Gallego, alcalde de la corte, firmado de Gonzalo Martínez, e de Gonzalo Martínez, digo Castellanos, escrivanos públicos de Granada, los quales dejó el dicho licenciado Andrés Calderón, e la dicha su muger hizo ymbentario de todos ellos. Los quales son los que aquí se sacaron del dicho ymbentario, los bienes raízes solamente, que dezía en esta manera: Los bienes raíces de la çibdad de Granada e su tierra son los siguientes:
Casas y tiendas................
Molinos......................................
Huertas....................................
La huerta que se dice de Gidida, en que ay nobenta marxales, poco más o menos, con vna casa...
La casa de Darenmordi y el molino del aceite con el palomar, que está todo dentro de la dicha casa.
La huerta, que renta con la dicha casa, que se dice de Genín Almeiza, en que ay, poco más o menos, sesenta marxales .
Las heras de Daramordi, que alindan con la dicha huerta.
Ay más, junto con las heras y en la dicha huerta, otros treinta y vn marxales de tierra.
Ay más vn fadín, que es baxo de Gidida, que alinda con tierras de la CONDESA DE CAMIÑA,
13 Noviembre 1500 ( Granada )
In Dei nomine, amén. Sepan quantos esta carta de testamento bieren como yo, el licenziado Andrés Calderón, vezino desta grand e nombrada ciudad de Granada, estando enfermo de mi cuerpo y sano de mi memoria e entendimiento, y en la fe de mi Señor e Redemptor Jesuchristo, creiendo e teniendo delante de mí la muerte, que es cosa natural, mediante la quai, en esta vida, cada vno debe ordenar las cosas e descargos de su ánima por escripto. Por ende, otorgo e conozco que fago e otorgo mi testamento en onor e reberencia de Dios, nuestro Señor, e de la bienabenturada Santta María, su Madre, a la qual suplico y ruego que niegue por mí a su Hijo precioso que quiera perdonar mis pecados e llebar mi ánima a la Gloria con sus santos e bien abenturados, amén.
Primeramente mando mi ánima a Dios, que la crió y redimió por su preciosa sangre, que por su infinita misericordia aia piedad della, amén.....
Yttem, quiero e mando que por quanto en mi poder están deposiados quarenta mili maravedís por la CONDESA DE CAMIÑA, de vna huerta que obo comprado de Diego Sánchez de Aguayo, digo de Quesada, que si el dicho Diego Sánchez quisiere haber por buena e aprobar la venta de la dicha huerta a la dicha señora condesa que le sean pagados, e si no que acudan con ellos a quien sus altezas o sus justicias mandaren....
15 Noviembre 1504 ( Medina del Campo )
Libranza a la CONDESA DE CAMIÑA.
El rey Mis contadores mayores.
Yo vos mando que libredes a doña Teresa de Tavara, condesa de Camiña XXXV marauedis que le salieron ynçiertos el año pasado de quinientos y uno en el recabdador de la seda de Baça e Guadix, dixen que le fueron librados e libradgelos en qualesquier mis rentas deste presente año o del año venidero de DV años donde le esten çiertos e bien pagados, e para la çobrança dellos le dad e librad las cartas de libramiento e otras prouisiones que oviere menester, e no fagades ende al.
Fecha en Medina del canpo a XV de nouienbre de DIIII años,.
Yo el rey. Por mandado, etc.
1494 A 1497
BIENES Y DEUDAS DEJADOS POR JUDÍOS GRANADINOS Y COBRADOS POR EL RECEPTOR BENITO DE VITORIA
Primer cargo y data de Benito de Vitoria, receptor de los bienes y deudas que dejaron los judíos en el reino de Granada, que fueron aplicadas a la cámara real, y así mismo de las penas y ‘calunias’ aplicadas por Pedro de Rojas, juez ejecutor de ello, como porotras justicias.
Cargo
Se indica nombre y vecindad del deudor. Deuda u ‘obligación que tiene’con judíos, o lo que paga por sentencia del juez. Acreedor, si consta. Valor de lo pagado, en maravedíes.
Las casas que el señor arçobispo (el arzobispo mandó que se pagaran la mitad ‘a fin de abril de este año de 96’, ‘lo qual todo firmó de su nonbre en una copia que está en poder de mí el dicho reçebtor’) mandó tomar en la judería, por una nómina firmada de su nonbre, son las syguientes’:
Un solar de una casa a las espaldas de la CASA de la CONDESA DE CAMIÑA, con media casa que tiene Francisco Martínez ‘metyda en su casa en que ay una camara alta que fue de Yuçaf Hana e una almaçeria junto con la susodicha que fue de Cayd Estoraque y la casa de Yuça Faxa. Está alinde del dicho corral e desde la dicha casa comiença el dicho corral’.................................................................................................................................................................................................................. 1.400
26 agosto de 1506 .Tudela de Duero.
Merced al Ido. Miguel Guerrero, del Consejo Real, de ocho caballerías de tierra de regadío y ocho cahices de secano en las islas de Tenerife y San Miguel de La Palma, con facultad para construir un ingenio y una casa. Se ordena al adelantado de Canaria que le dé posesión de dichas tierras.
El Rey. Sotomayor(*). Señalada: Tello. Laguna.
31 de agosto de 1506, Tudela de Duero
Nombramiento de administrador de la iglesia, torre, ciudad y obispado de Tui a favor del infante don Fernando de Granada. Merçed de la iglesia e torre de la çiudad de Tui e sea administrador della e de su obispado el ynfante don Fernando de Granada. Don Felipe etc.
Por quanto la yglesia catredal de Tui, que es en el reyno de Galizia, sede vacante, estava en poder e administraçion de Fernando de Vega, governador que fue del dicho reyno, e despues qu’espiro su juridiçion esta vaca la tenençia de la dicha iglesia e la administraçion de su obispado, e diz que non se cojen los frutos e rentas del como deven, por ende acatando lo susodicho e entendiendo ser asy conplidero a serviçio de Dios nuestro señor e confiando de la fidelidad, meritos e buena conçiençia de vos el ynfante don Fernando de Granada,
Anno do nascemento do nosso sennor Ihesucristo de mill (...) oyto anos quize dias do mes do fevreiro, enna claustra desta igleias de Tuy, en presensa de mi notario e testes iuso scriptos, estando de presente o discreto varon P(ero) Alvares de Souto Mayor
"Diez hermanos non te serían demasiados, nunca yo hallé mayor amigo a diestro y siniestro que mis hermanos.."
"Paso por la ciudad de Córdova; fue recevido de los cavalleros de aquella ciudad, como era razon, llevando descubiertas las cosas particulares que de las Indias traia. Con mayor contento le recibio doña Teresa Enríquez de Harana, su mujer, señora natural de Cordova, y sus hijos don Diego, don Cristóbal y don Hernando. Con ellos camino la via de Barcelona”